Qué es

El Ayuntamiento de Getafe y desde la propia Empresa Municipal del Suelo y la vivienda, debe informar y facilitar al usuario una CARTERA DE SERVICIOS para acometer obras de Rehabilitación de Edificios y Viviendas (con obligación o sin ella). La Ley 9/2001, 17 de Julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en su artículo 191.3, incorpora en su ordenanza la obligación de los Municipios de contar con una Unidad Administrativa específica dedicada a la Inspección, estableciendo sus funciones en el artículo 109 de la citada Ley revistiendo a los inspectores de la condición de agentes de la autoridad. Por ello el Ayuntamiento de Getafe tiene la obligación a través de su popia Ordenanza Municipal de dar el servicio de Inspección Técnica de Viviendas. Las funciones que tiene que desempeñar la EMSV tienen que ir encaminadas a dos tipo de Rehabilitación de Edificios y Viviendas, tanto para una Intervención a través de la ITE, como en el resto de Comunidades de Propietarios que, aunque no tengan la obligación de pasar la inspección, puedan también acceder a la CARTERA DE SERVICIOS puesta en funcionamiento a través de la EMSV.

Objetivos

- Intervención en las ITE ***ITE´S 2019***
- Eficiencias Energéticas
- Resto de Actuaciones

Puesta en marcha

A PARTIR DEL MES DE ENERO DE 2015

Requisitos

- Todos aquellos edificios censados en Getafe susceptibles de Rehabilitación que tengan que pasar la ITE (Inspección Técnica de Edificios)
- Todos aquellos edificios censados en Getafe que aún no teniendo que pasar la ITE, deseen rehabilitación integral o parcialmente.

Destinatarios

- Comunidades de Propietarios de Edificios
- Vecinos/as propietarios/as de viviendas

Servicios que se presta desde EMSV

- Asesoramiento sobre Licencias de Obras por Rehabilitación de Edificios y Entrega de documentación así como Reuniones con Comunidades de Propietarios que así lo demanden. Información sobre las Entidades Bancarias

Documentos referentes de la cartera de Servicios

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